Affirmative Action & Equal Opportunity

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Discriminación prohibida


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Acoso con entorno hostil

Un entorno de trabajo o estudio se convierte en "hostil" cuando un comportamiento verbal, no verbal o físico ilegal es lo suficientemente grave y persistente como para interferir injustificadamente con el trabajo de un empleado o el aprendizaje de un estudiante, o crear un entorno amenazante, hostil, u ofensivo, a los ojos de una "persona razonable." El concepto de la hostilidad del entorno se concentra en el "envenenamiento" de un ambiente de trabajo o estudio, antes que en acciones tangibles dirigidas contra alguien en particular. Para constituirse en acoso con entorno hostil, la conducta prohibida deberá ser ofensiva a los ojos de cualquier "persona razonable; un empleador, maestro, colega, proveedor, o compañero estudiante pueden crear un entorno hostil. Las personas que ostentan posiciones de autoridad son responsables de asegurarse de que los empleados o estudiantes no creen un entorno hostil.

Un solo incidente o unos cuantos de ellos no necesariamente se considerarán acoso ilegal; sin embargo, un solo incidente extremo podría constituirse en discriminación o acoso ilegal. Cada caso debe ser evaluado individualmente.

De llegar a ser lo suficientemente graves y persistentes como para interferir con el trabajo o estudio de los afectados, los siguientes tipos de conducta podrían crear un entorno hostil:

  • Chistes o insultos
  • Coqueteos
  • Comentarios acerca del cuerpo o vida sexual de una persona
  • Comentarios sexualmente degradantes
  • Solicitudes repetidas de citas
  • Lenguaje abusivo dirigido a una persona debido a su pertenencia a una categoría especial protegida
  • Gestos sexualmente vulgares, miradas de soslayo al cuerpo, insinuaciones sexualmente sugestivas, acercarse demasiado a otra persona
  • Presentación de carteles, caricaturas, etc. relacionados con temas sexualmente sugestivos como la raza, religión, etc.
  • Pornografía
  • Regalos sexualmente sugestivos
  • Persecuciones
  • Los toques, abrazos, besos o caricias
  • Los contactos físicos indeseados por la otra persona
  • Restringir o bloquear los movimientos de una persona

Algunos tipos de comportamiento, que pudieran ser aceptables en determinadas circunstancias son impropios en el lugar de trabajo o en las aulas, particularmente si se ha expresado una objeción. Si el comportamiento es contrario a las leyes vigentes o a las normas universitarias dependerá de cada caso.


Vea también las normas de la OHSU relacionadas con el procedimiento de quejas por violaciones a los principios de igualdad de oportunidades en el empleo y en general, con el acoso sexual, con el empleo de parientes, con las relaciones consensuales conflictivas, con el uso aceptable de los recursos de informática y telecomunicaciones, y con la visión y los valores fundamentales de la OHSU, si desea otras definiciones y ejemplos de conducta prohibida.